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Ingreso a la Argentina - familiares de ciudadanos argentinos y residentes permanentes

A partir de la publicación de la Disposición DNM 3763/2020 en el Boletín Oficial de la República Argentina (https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/237884/20201130?f...), pueden viajar a la Argentina sin tramitar visados consulares ciudadanos ucranianos familiares directos de ciudadanos argentinos o de extranjeros con residencia permanente en la República Argentina, siempre que cumplan una serie de requisitos:

- Acreditar su condición de cónyuges, hijos, hijas o convivientes de ciudadanos argentinos

- Ingresar transitoriamente al país por razones de necesidad,

-  Ingresar a la Argentina por el Aeropuerto Internacional de Ezeiza o por una serie de pasos fronterizos habilitados.

A tal fin, deberán:

- Presentar certificado de nacimiento, de matrimonio o de convivencia debidamente apostillado, que acredite el vínculo directo con un ciudadano o ciudadana argentina o residente permanente, y copia del DNI argentino del familiar por el cual solicitan el ingreso al país.

- Completar una Declaración Jurada electrónica, disponible en www.migraciones.gov.ar

- Presentar constancia de PCR negativo con un máximo de 72 horas de anticipación.

- Contar con seguro de asistencia médica que comprenda prestaciones de internación y aislamiento por COVID-19.

Los extranjeros no residentes que ingresen al país con carácter transitorio para visitar familiares al amparo de la mencionada Disposición DNM 3763/2020 abonarán al arribo a la Argentina una tasa de ARS 9.000 por extranjero, conforme lo estipulado en el artículo 1 inciso m) del Decreto 865/2019.

Más información: https://www.argentina.gob.ar/noticias/migraciones-autorizo-el-ingreso-de-extranjeros-con-parientes-argentinos-en-el-pais

 

 

Fecha de actualización: 10/12/2020