El día 13 de agosto tendrán lugar en la República Argentina las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias (P.A.S.O).
El voto en el exterior no se encuentra previsto para las P.A.S.O. Los residentes en el exterior votarán en las elecciones generales (22 de octubre) y eventual segunda vuelta (19 de noviembre).
Aquellas personas que en su DNI figura un domicilio en la República Argentina deben justificar la NO emisión del voto. Esta se realiza para cada una de las elecciones, a partir del día siguiente y dentro de un plazo de 60 días.
Para realizar la justificación se deberá ingresar al Registro de Infractores al Deber de Votar (www.infractores.padron.gob.ar) a partir del día de la elección, y adjuntar la documentación que acredite que en la fecha de las elecciones la persona se encontraba fuera de la República Argentina.
Ante cualquier duda o inconveniente con la justificación de la no emisión del voto, podrán enviar un correo electrónico a eucra@mrecic.gov.ar a los fines de asistirlo con el trámite.
Aquellas personas que en su DNI figura un domicilio en el exterior, no es necesario que realicen la justificación de la no emisión del voto, y no figurarán en el Registro de Infractores al Deber de Votar.
Se recuerda que se puede consultar el padrón definitivo en la página www.padron.gob.ar