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VOTO EN EL EXTERIOR

El Gobierno nacional, a través del decreto 403/2017 publicado el 8 de junio del corriente en el Boletín Oficial, dispuso una serie de medidas para aliviar los trámites burocráticos que actualmente restringen el derecho al voto de los ciudadanos en el exterior. A partir de la nueva disposición, podrán votar todos aquellos argentinos residentes en el exterior que hubiesen realizado el cambio de domicilio en su documento de identidad hasta el 25 de abril de 2017, sin necesidad de realizar un trámite adicional. De este modo, se elimina un requisito que impedía a muchos conciudadanos ejercer su derecho al sufragio conforme las leyes vigentes.

En ese sentido, a partir de ahora, para poder ejercer su derecho al voto en el exterior, los ciudadanos deberán reunir los siguientes requisitos:

• Tener 16 años o más.

• Haber hecho el cambio de domicilio en el DNI hasta el 25 de abril de 2017.

• No estar inhabilitado legalmente.

El voto sigue siendo optativo para los residentes en el exterior.

Más información en Votá desde el exterior

 

 

Fecha de actualización: 12/07/2017