El Gabinete de Ministros de Ucrania publicó el 07/05 en horas de la noche la resolución № 343 firmada el pasado 4/05 sobre la reducción de las restricciones de la cuarentena a partir del próximo 11 de mayo y la extensión de ésta hasta el 22 de mayo.
En particular, se permitirá el acceso a partir del 11 de mayo a:
- Parques, plazas, áreas/zonas de recreación, parques forestales y zonas costeras
- Plazoletas, parques deportivos e infantiles al aire libre.
- Entidades gastronómicas (restaurantes, cafeterías) con servicio de entrega (siempre cuando la entidad esté registrada como operador de mercado de alimentos )
- Plataformas al aire libre (de verano) de las entidades gastronómicas.
- Tiendas de comercio de productos no alimenticios (incluso aquellos ubicados en los centros comerciales)
- Funcionamiento de museos, museos al aire libre, reservas históricas y culturales (recepción de visitantes según la decisión de propietarios)
- Prestación de atención dental
- Salones de belleza y peluquerías
- Entidades de servicio al consumidor
- Entrenamiento de los deportistas de las selecciones nacionales
- Actividades de abogados, escribanos, auditores, psicólogos
- Funcionamiento de las empresas que desempeñan en el campo de los medios de comunicación
- Rodaje de cine y televisión, ensayos de teatros, circos, organizaciones de concierto, grupos artísticos (hasta 50 personas involucradas, sin espectadores)
El funcionamiento de las entidades mencionadas se permite exclusivamente con el cumplimiento de las siguientes medidas:
- Distanciamiento social
- Régimen de mascarillas/barbijos
- Desinfección constante
- Cumplimiento de las medidas antiepidemiológicas.
Continúa restringido/no funciona:
- Ingreso a extranjeros al territorio de Ucrania (necesidad de realizar aislamiento por 14 días para quienes ingresan al territorio de Ucrania).
- Transporte subterráneo.
- Transporte público sin permiso especial.
- Transporte urbano, interregional, nacional.
- Transporte ferroviario y aéreo.
- Movimiento en grupos de más de 2 personas (excepto el acompañamiento de los niños)
- Permanecer en lugares públicos sin barbijo.
- Permanecer en lugares públicos a las personas menores de 14 años no acompañados por adultos.
- Permanecer en la calle sin documentos de identidad.
- Dejar sin permiso lugares de observación/autoaislamiento.
- Patios de comida y áreas de recreación en los centros comerciales
- Cine y teatros.
- Salas de deporte, centros de fitness
- Universidades, escuelas, jardines infantiles
- Celebración de actividades masivas