El día 14/03/20 mediante resolución 567/2020, el Ministerio de Salud de la Nación Argentina prohibió ingreso al país por un plazo de TREINTA (30) días de las personas extranjeras no residentes que hayan transitado por “zonas afectadas” (al momento: países miembros de la Union Europea y espacio schengen, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, China, Estados Unidos, Irán, Japón y República de Corea) en los CATORCE (14) días previos a su llegada, en los términos del artículo 4° del Decreto 260/2020. El plazo de vigencia de la prohibición de ingreso al país podrá abreviarse o extenderse conforme la evolución de la situación epidemiológica relativa al coronavirus Covid-19. |